Artículo 222 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La consignación del dinero ante el juez competente puede hacerse en efectivo, en cheque certificado de depósito en institución autorizada por la ley.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.