Artículo 350 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En el mismo auto que se acepte la prueba, el juez concederá la contraparte el plazo de tres días para que adicione el cuestionario con las preguntas que le interesen, las que necesariamente deben referirse a la prueba ofrecida y la prevendrá que en igual plazo designe a su perito.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.