Artículo 361 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Todos los que tengan conocimiento de los hechos que las partes deben probar, están obligados a declarar como testigos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.