Artículo 448 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si las tachas no se prueban dentro del plazo se concederán para sólo ese objeto cinco días más.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.