Artículo 471 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Con las modificaciones que se expresan en esta sección, la acción rescisoria se tramitará y decidirá de acuerdo con las reglas generales del juicio ejecutivo.
CAPITULO III DEL JUICIO HIPOTECARIO
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.