Artículo 544 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La ampliación del embargo se seguirá por cuerda separada, sin suspensión del juicio al que se unirá después de realizada.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.