Artículo 628 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Siempre que haya de reemplazarse un árbitro, se suspenderán los plazos durante el tiempo que pase para hacer el nuevo nombramiento.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.