Artículo 646 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En los incidentes criminales que surjan en negocios civiles se observará lo dispuesto en el Código de Procedimientos Penales.
CAPITULO II De la acumulación de autos
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.