Artículo 663 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El proceso se suspenderá cuando no pueda pronunciarse la decisión sino hasta que se pronuncie una resolución en otro negocio, y en cualquier otro caso especial determinado por la ley.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.