Artículo 762 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El concursado, en el caso de concurso necesario, deberá presentar al juzgado, dentro de los cinco días de la notificación del auto que lo declare, un estado detallado de su activo y pasivo, con nombres y domicilios de acreedores y deudores, privilegiados y comunes; si no lo presentare, lo hará el síndico.
CAPITULO II De la rectificación y graduación de créditos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.