Artículo 858 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los gastos de inventario y avalúo son a cargo de la herencia, salvo que el testador hubiere dispuesto otra cosa.
CAPITULO V I. De la administración
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.