Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 939 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro

Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Sobre la rendición y aprobación de cuentas de los tutores, regirán las disposiciones contenidas en los artículos 520 y siguientes, con estas modificaciones:

1º No se requiere prevención judicial para que las rindan en el mes de enero de cada año conforme lo dispone el artículo 574 del Código Civil.;

2º Se requiere prevención judicial para que las rindan antes de llegar a este plazo;

3º Las personas a quienes deban ser rendidas son: el mismo juez, el curador, el propio menor que haya cumplido dieciséis años de edad, el tutor que le suceda, el pupilo que dejare de serlo y las demás personas que fija el Código Civil;

4º La sentencia que desaprobare las cuentas, indicará, si fuere posible, los alcances. Del auto de aprobación pueden apelar el Ministerio Público, los demás interesados y el curador si hizo observaciones. Del auto de desaprobación pueden apelar el tutor, el curador y el Ministerio Público; y 5º Si se objetaren de falsas algunas partidas, se substanciará el incidente por cuerda separada, entendiéndose sólo con los objetantes, el Ministerio Público y el tutor.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 939 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 939 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro?

Sobre la rendición y aprobación de cuentas de los tutores, regirán las disposiciones contenidas en los artículos 520 y siguientes, con estas modificaciones: 1º No se requiere prevención judicial para que las rindan en…

¿Está vigente el artículo 939?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.