Artículo 938 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En todos los casos de impedimento, separación o excusa del curador propietario, se nombrará curador interino, mientras se decide el punto.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.