Artículo 952 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para recibir dinero prestado, en nombre del menor o incapacitado, necesita el tutor la conformidad del curador y del Ministerio Público, después de la autorización judicial.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.