Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 320 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas

Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Las… Los autos de formal prisión, de sujeción o no sujeción a proceso o de libertad absoluta o por la falta de elementos para procesar, serán apelables ante el Juez Menor, quien ordenará la substanciación ante el Supremo Tribunal de Justicia, al que se enviará testimonio de los autos. El original del expediente, con el detenido en su caso, se pondrá a disposición del Juez de Primera Instancia que deba conocer del asunto, notificando esta circunstancia al superior de ambos, a través del servicio de Tribunal Electrónico.

Cuando…

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 320 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas?

Las… Los autos de formal prisión, de sujeción o no sujeción a proceso o de libertad absoluta o por la falta de elementos para procesar, serán apelables ante el Juez Menor, quien ordenará la substanciación ante el…

¿Está vigente el artículo 320?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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