Artículo 38 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Corresponde… I.- y II.-… III.- De los demás negocios de jurisdicción contenciosa, común y concurrente, cuya cuantía exceda de ciento cincuenta veces el salario mínimo diario general vigente en la capital del Estado, excepto en lo concerniente al derecho familiar. También conocerán del juicio oral mercantil, con independencia de la cuantía del asunto, pero sin exceder la que pueda tramitarse en esta modalidad;
IV.- a la IX.-…
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.