Artículo 51 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Corresponde… A).- Le… I.- Conocer de los negocios civiles y mercantiles por el importe de cuarenta y seis hasta ciento cincuenta veces el salario mínimo vigente en la capital del Estado; exceptuando los asuntos que son de la competencia de los jueces de primera instancia;
II.- a la VI.-… B).- Le… I.- a la VII.-… Página 4 Victoria, Tam., martes 8 de noviembre de 2011 Periódico Oficial
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.