Artículo 197 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las posiciones deben articularse en términos precisos; no han de ser insidiosas; no ha de contener cada una más que un solo hecho y éste ha de ser propio del que declara. Se tienen por insidiosas las preguntas que se dirijan a ofuscar la inteligencia del que ha de responder, para obtener una confesión contraria a la verdad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.