Artículo 270 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El examen de testigos se hará con sujeción a los interrogatorios que presenten las partes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.