Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 325 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán

Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Del escrito en que se opongan tachas se dará vista a la otra parte por el término de dos días. Si ésta manifestare estar conforme con las tachas se dará por terminado el incidente mandándose acumular a los autos el escrito presentado para que surta los efectos correspondientes.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 325 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán?

Del escrito en que se opongan tachas se dará vista a la otra parte por el término de dos días. Si ésta manifestare estar conforme con las tachas se dará por terminado el incidente mandándose acumular a los autos el…

¿Está vigente el artículo 325?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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