Artículo 392 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las transacciones extrajudiciales y el juicio de contadores que tengan las condiciones exigidas para ser considerados título ejecutivo, serán ejecutados por 85 CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DE YUCATÁN H. Congreso del Estado de Yucatán Última Reforma D.O. 28 - Enero-2010 Oficialía Mayor Unidad de Servicios Técnico-Legislativos Ultima el Juez que debiera conocer del negocio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.