Artículo 414 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La acción para pedir la ejecución de una sentencia, transacción o convenio, durará diez años contados conforme al artículo 404.
CAPITULO II De las resoluciones dictadas por tribunales de otras Entidades Federativas
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.