Artículo 598 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para que el juicio ejecutivo tenga lugar se necesita que se funde en título que lleve aparejado ejecución.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.