Artículo 993 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Síndico que impugne la resolución de la mayoría, cesará en su encargo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.