Artículo 331 de Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal — Colima
Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Siempre que uno de los litigantes pidiere copia o testimonio de parte de un documento, o pieza que obre en los archivos públicos, el contrario tendrá derecho de que a su costa se adicione con lo que crea conducente del mismo documento.
(REFORMADO, D.O.F. 30 DE DICIEMBRE DE 1975)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.