Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 904 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Baja California Sur

Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Baja California Sur · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Lo dispuesto en los artículos que preceden se aplicará al gravamen y enajenación de los bienes de ausentes, así como a la transacción y arrendamiento por más de cinco años de bienes de ausentes, menores e incapacitados.

CAPITULO IV De la adopción Adopción simple

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 904 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Baja California Sur?

Lo dispuesto en los artículos que preceden se aplicará al gravamen y enajenación de los bienes de ausentes, así como a la transacción y arrendamiento por más de cinco años de bienes de ausentes, menores e incapacitados.…

¿Está vigente el artículo 904?

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¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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