Artículo 874 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Baja California Sur
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Baja California Sur · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 874. Ante el tribunal competente se procederá con respecto al testamento público cerrado, al privado o al ológrafo, como esta dispuesto para esas clases de testamentos otorgados en el país.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.