Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 853 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Durango — Durango

Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Durango — Durango · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Concluído el proyecto de partición, el juez lo mandará poner a la vista de los interesados en la secretaría por un término de diez días.

Vencidos sin hacerse la oposición, el juez aprobará el proyecto y dictará la sentencia de adjudicación, mandando entregar a cada interesado los bienes que le hubieren sido aplicados con los títulos de propiedad, después de ponerse en ellos por el secretario, una nota en que se haga constar la adjudicación.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 853 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Durango — Durango?

Concluído el proyecto de partición, el juez lo mandará poner a la vista de los interesados en la secretaría por un término de diez días. Vencidos sin hacerse la oposición, el juez aprobará el proyecto y dictará la…

¿Está vigente el artículo 853?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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