Artículo 31 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En los procedimientos relativos a adopción y tutela de los menores incapacitados es juez competente el de la residencia del menor o incapacitado.
(Artículo Reformado. P.O. 30 de julio de 1996)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.