Artículo 368 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los incidentes que pongan obstáculo a la continuación del procedimiento, se substanciarán en la misma pieza de autos, quedando, entre tanto, en suspenso aquel; los que no lo pongan se tramitarán en cuaderno separado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.