Artículo 625 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El albacea deberá adjuntar al inventario los títulos de propiedad cuando se listen bienes inmuebles propiedad del decujus;
practicados el inventario y avalúo, serán agregados a los Autos y se pondrán de manifiesto en la Secretaría por cinco días, para que los interesados puedan examinarlos, citándoseles, al efecto, por correo certificado.
(Artículo Reformado. P.O. 7 de agosto de 1992)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.