Artículo 669 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La sentencia que resuelva sobre la partición y decrete la adjudicación es apelable en ambos efectos.
(Artículo Reformado. P.O. 13 de agosto de 2004)
Capítulo Séptimo Transmisión Hereditaria del Patrimonio Familiar
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.