Artículo 67 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Nunca, ni por orden judicial, entregará el secretario los expedientes a las partes, para llevarlos fuera del tribunal.
La frase "dar vista" o "correr traslado" sólo significa que los autos quedan en la secretaría para que se impongan de ellos los interesados, o que se entreguen las copias.
Sección Tercera Actuario (Reformada su denominación. P.O. 19 de noviembre de 1996)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.