Artículo 70 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si hubiere oposición de parte de tercero contra la cumplimentación, se substanciará y resolverá aquélla por el procedimiento incidental.
TÍTULO TERCERO Capitulo Único Litigio
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.