Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 770 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato

Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Para decretar alimentos en favor de quien tenga derecho de exigirlos, bastará acreditar el mismo, con los siguientes documentos:

testamento, los documentos comprobantes de parentesco o de matrimonio, el convenio o la ejecutoria en que conste la obligación de dar alimentos.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 770 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato?

Para decretar alimentos en favor de quien tenga derecho de exigirlos, bastará acreditar el mismo, con los siguientes documentos: testamento, los documentos comprobantes de parentesco o de matrimonio, el convenio o la…

¿Está vigente el artículo 770?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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