Artículo 466 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si la finca no se halla en el lugar del juicio se librará exhorto al juez de la ubicación, para que ordene el registro de la cédula y demanda como se previene en el artículo 459.
(REFORMADO, P.O. 3 DE JULIO DEL 2000)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.