Artículo 62 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Tratándose de conductas cometidas por personal del Poder Judicial, para la corrección disciplinaria se estará a lo dispuesto por la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.