Artículo 830 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Aprobados el inventario, el avalúo de los bienes y la cuenta de administración, y terminados todos los incidentes a que uno y otro hayan dado lugar, se procederá a la liquidación del caudal.
De la rendición de cuentas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.