Artículo 325 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 325.- Los documentos públicos expedidos por autoridades federales o funcionarios de los Estados, Territorios o Distrito Federal harán fe en el Estado de Hidalgo sin necesidad de legalización.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.