Artículo 1061 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1061. El avalúo de los bienes servirá de base para fijar definitivamente la competencia del Juez que deba conocer de los juicios sucesorios. Si esto ameritare que conozca del juicio otra autoridad distinta de la que conocía, se remitirá el expediente a quien corresponda, quedando válidas y subsistentes las actuaciones anteriores.
Capítulo V De la administración
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.