Artículo 302 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 302. Al escrito de demanda deberán acompañarse necesariamente:
I. El documento que acredite el carácter con que el litigante se presente en juicio, en el caso de tener la representación legal de alguna persona o corporación, o cuando el derecho que reclame provenga de habérsele transmitido por otra persona;
II. El poder que acredite la personalidad del que comparece a nombre de otro;
III. El documento o documentos en que se funde la acción; y, IV. Tantas copias en papel común del escrito y documentos, cuantas fueren las personas demandadas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.