Artículo 32 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 32. Todas las acciones civiles toman su nombre del contrato o hecho a que se refieren.
La acción procede en juicio aun cuando no se exprese su nombre, con tal de que se determine con claridad cuál es la clase de prestación que se exige al demandado y el título o causa de la acción.
Capítulo II De las excepciones
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.