Artículo 387 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 387. Si todos los interesados en el juicio piden que el término legal se amplíe, el Juez decretará así desde luego, procediendo del mismo modo cuando todos soliciten se dé por concluido antes de que se cumpla.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.