Artículo 409 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 409. Si fueren varios los que hayan de absolver un interrogatorio de posiciones al tenor de un mismo interrogatorio, las diligencias se practicarán sucesivamente en un mismo día, evitando que los que las absuelvan primero se comuniquen con los que aún no las hubieren absuelto.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.