Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 1072 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El Juez abrirá la correspondencia que se reciba dirigida al difunto, en presencia del secretario y del albacea provisional, en los períodos que se señalen, según las circunstancias. Se entregará al albacea provisional la que tenga relación con el caudal, dejándose testimonio de ella en autos; y el Juez conservará la restante para darle en su oportunidad el destino correspondiente.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1072 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo?

El Juez abrirá la correspondencia que se reciba dirigida al difunto, en presencia del secretario y del albacea provisional, en los períodos que se señalen, según las circunstancias. Se entregará al albacea provisional…

¿Está vigente el artículo 1072?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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