Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 117 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Si el exhorto o despacho dirigido por un Juez del Estado, en los casos que expresan los artículos anteriores, no fuere obsequiado, el que lo expidió se dirigirá al Presidente del Supremo Tribunal de Justicia, para que éste lo haga cumplir si se trata de otro Juez del Estado, o para que requiera su cumplimiento por medio del Tribunal del Estado o de la Entidad a que pertenezca el Juez requerido.

Reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado El 29 de Mayo de 2009

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 117 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo?

Si el exhorto o despacho dirigido por un Juez del Estado, en los casos que expresan los artículos anteriores, no fuere obsequiado, el que lo expidió se dirigirá al Presidente del Supremo Tribunal de Justicia, para que…

¿Está vigente el artículo 117?

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