Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 364 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Las pruebas se recibirán con citación de la parte contraria, excepto la confesión, el reconocimiento de libros y papeles de los mismos litigantes y los instrumentos públicos.

La citación se hará a más tardar el día anterior a aquél en que deba recibirse la prueba.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 364 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo?

Las pruebas se recibirán con citación de la parte contraria, excepto la confesión, el reconocimiento de libros y papeles de los mismos litigantes y los instrumentos públicos. La citación se hará a más tardar el día…

¿Está vigente el artículo 364?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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