Artículo 411 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las contestaciones deben ser afirmativas o negativas, pudiendo el confesante agregar los alegatos que estime convenientes, o las que el Juez le pida, teniendo en cuenta, respecto de hechos ajenos, lo dispuesto en el artículo 394.
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Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.