Artículo 412 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuando el declarante se negare a contestar, el Juez le apercibirá en el acto de tenerle por confeso, si persiste en su negativa.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.