Artículo 632 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La sentencia debe declarar si ha procedido o no la vía ejecutiva y en su caso, si ha lugar o no a hacer trance y remate de los bienes embargados y pago al acreedor, decidiendo también en su caso los derechos controvertidos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.